Desde 1917, la Constitución establece el derecho a la remuneración suficiente para la manutención del trabajador y su familia. Además, desde 2011, el art. 1º reconoce la vigencia en México de los Tratados Internacionales de Derechos Humanos.

Desde 1917, la Constitución establece el derecho a la remuneración suficiente para la manutención del trabajador y su familia. Además, desde 2011, el art. 1º reconoce la vigencia en México de los Tratados Internacionales de Derechos Humanos.

El salario suficiente para vivir dignamente es un derecho humano. Forma parte de los derechos económicos y sociales establecidos entre otros, en el art. 6º del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Pidesc).

La Constitución, en el art. 123 establece que el salario mínimo debe ser suficiente para la manutención de un trabajador y su familia, en el orden material y espiritual, así como para la educación de sus hijos.

Estos derechos han sido violados sistemática y flagrantemente por el gobierno federal. Especialmente a partir de 2016 en que se “desindexó” el incremento al SM para que no tuviera efectos hacia otros precios, multas, cuotas o créditos. Se acabaron los pretextos.

El próximo gobierno tiene la oportunidad de revertir una de las políticas más regresivas y generadoras de pobreza. Y puede hacerlo asumiendo a fondo el enfoque de derechos.

Para adoptar el enfoque de derechos se deben asumir con seriedad las disposiciones de la Constitución y de los tratados internacionales, y darles una institucionalidad apropiada.

En nuestro país el monto inferior para fijar el salario mínimo no está sujeto a debate académico y no requiere nuevos estudios. Desde hace más de 10 años lo fija el órgano del Estado, responsable de la medición de la pobreza: el Consejo Nacional para la Evaluación de la Política Social (Coneval). Usando datos de otro órgano: el Instituto Nacional de Geografía y Estadística (Inegi).

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El salario suficiente es un derecho