México Pobre, México Sin Derechos

México Pobre, México Sin Derechos

Pobreza y desigualdad invalidan derechos constitucionales

3 de febrero, 2021.

Pronunciamiento en el 104 aniversario de la Constitución, 

con base en los datos del Censo 2020

Aprobar derechos en el papel sin crear las instituciones y sin garantizar el presupuesto necesario para hacerlos efectivos, ha sido un mal histórico desde la aprobación de nuestra Constitución en 1917.  

El derecho al trabajo “digno y socialmente útil” del art. 123, a la educación “inicial, preescolar, media superior y superior”, como manda el art. 3º, a la alimentación “nutritiva, suficiente y de calidad”, así como a la “protección de la salud” y “acceso a servicios de salud”, del art. 4º, y muchos más, no se han cumplido cabalmente, desde su aprobación hasta la fecha.

Este mal se ha mantenido e incrementado. Hace diez años, en 2011, se reformó el art. 1º de la Constitución para ampliar derechos y para establecer la obligación del Estado a garantizarlos. Con esa reforma, la constitución mexicana asumió el paradigma de los derechos humanos como fundamento y finalidad del Estado. Esto representa un cambio de raíz.  Se adoptaron todos los derechos de los Tratados Internacionales para darles plena vigencia jurídica como norma legal en nuestro país. Y se estableció la obligación de todas las autoridades del Estado de “promover, respetar, proteger y garantizar” todos los derechos.

Sin embargo, la respuesta desde el Estado es cada vez más débil en todos los campos y en particular frente a la pobreza y la desigualdad. Las instituciones y los programas del gobierno no han asumido el paradigma de un Estado de derechos. Por el contrario, el Estado y más aún en el ámbito municipal o estatal, cuenta con baja capacidad institucional y con recursos presupuestarios escasos e insuficientes para cumplir con los principios de universalidad y progresividad, establecidos en el art. 1º constitucional.

En la práctica, la realidad no ha cambiado para garantizar y respetar derechos. La pobreza y la desigualdad conculcan y violan de manera sistemática derechos establecidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948), en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales – PIDESC (1966) y en muchos otros Tratados internacionales.  La raíz de esta situación es estructural, supera periodos sexenales o decisiones personales y se reproduce inercialmente, generalmente empeorando, por lo que se requieren transformaciones de raíz para darle vigencia a los derechos.

La mejor forma de celebrar la Constitución es impulsar desde la sociedad civil el ejercicio efectivo de los derechos, para llevarlos a la práctica y que no queden sólo en el papel. En particular, frente a la pobreza y la desigualdad los derechos económicos y sociales, representan la aspiración y horizonte para darles vigencia al trabajo digno, al acceso efectivo a la salud, a la educación de calidad, pertinente y relevante  y a un sustento suficiente para vivir con dignidad.

El Censo de Población y Vivienda 2020 recién publicado ofrece datos básicos que muestran la situación estructural de violación sistemática a los derechos sociales y económicos reconocidos en la Constitución. En esta ocasión, presentamos el análisis únicamente considerando los datos del Censo 2020 en relación con derechos humanos como el derecho al trabajo, a la salud, a la educación y al sustento para una vida digna.

1. Derecho al trabajo

Todas las personas tienen derecho al trabajo digno y socialmente útil (Art. 123). La quinta parte de la población (22.4%) no ejerce ese derecho, en especial por las brechas de desigualdad que afectan a las mujeres y jóvenes. 

En México, hay 100 millones 528 mil personas mayores de 12 años. De ellas, 61.1 millones tienen algún trabajo, 13.1 millones estudian y 3.4 millones están jubiladas o pensionadas. Hay entonces 22.5 millones de personas sin trabajo, y que no estudian o están ya jubiladas o pensionadas.

Figura 1: Principal ocupación económica de la población mayor de 12 años
Figura 1: Principal ocupación económica de la población mayor de 12 años
Fuente: Elaboración propia con datos INEGI. Censo de Población y Vivienda 2020. Tabulados interactivos. Disponible en https://www.inegi.org.mx/programas/ccpv/2020/#Tabulados

Los estados con mayor cantidad de personas sin trabajo son: EdoMex (2.9 millones), Veracruz (1.7 millones), CDMX (1.4 millones), Jalisco (1.3 millones), Puebla (1.2 millones) y Guanajuato (1.1 millones). Estos 6 estados concentran casi la mitad de la población sin trabajo (44%). (Ver figura 2).

Los estados con mayor porcentaje de personas sin trabajo son: Oaxaca (30%), Zacatecas (29%), Chiapas (27%), Veracruz (26%), Durango y Guerrero (26%). 

Figura 2. Población sin trabajo por entidad federativa (cantidad y porcentaje)
Figura 2. Población sin trabajo por entidad federativa (cantidad y porcentaje)
Fuente: Elaboración propia con datos INEGI. Censo de Población y Vivienda 2020. Tabulados interactivos. Disponible en https://www.inegi.org.mx/programas/ccpv/2020/#Tabulados. Nota: Población sin trabajo ver nota 2.

Mujeres sin trabajo porque trabajan en su hogar

Las barreras de acceso al trabajo “económico” para las mujeres son mucho más altas. Surgen de la cultura patriarcal que produce la división sexual del trabajo, asignando a las mujeres los quehaceres del hogar y el cuidado. El 97% de las personas dedicadas a quehaceres del hogar son mujeres. 

El Censo muestra que hay 22 millones 473 mil personas excluidas del derecho al trabajo como actividad económica. De ellas, la gran mayoría son mujeres: 18.5 millones (82%). Y en la mayoría de los casos es por realizar trabajo en el hogar: 16.6 millones, generando barreras de acceso y desigualdad (Ver figura 3).

Figura 3. Población sin trabajo por sexo
Figura 3. Población sin trabajo por sexo
Fuente: Elaboración propia con datos INEGI. Censo de Población y Vivienda 2020. Tabulados interactivos. Disponible en https://www.inegi.org.mx/programas/ccpv/2020/#Tabulados. Ver nota 2.

Los estados con mayor cantidad de mujeres sin trabajo son Estado de México (2.9 millones), Veracruz (1.7 millones), CDMX y Jalisco (1.4 millones), Puebla y Guanajuato (1.2 millones).

Los estados con mayor tasa de mujeres sin trabajo son Zacatecas (45.6%), Oaxaca (43.7%), Chiapas (43.1%), Veracruz (42.1%), Durango (39.7%) y Michoacán (39.6%).

Y los estados donde la proporción de las mujeres sobre el total de personas sin trabajos es mayor son: Nuevo León (85.1%), Yucatán (84.8%), Campeche (84.1%), Puebla (83.9%), Veracruz (83.8%) y Chiapas (83.7%).

Jóvenes con mayor desocupación

Las personas jóvenes, entre 15 y 29 años de edad, tienen más del doble de desocupación (3%) que las personas adultas entre 30 y 64 años de edad (1.4%).

Hay 5 millones 685 mil jóvenes sin trabajo, sin incluir a quienes estudian. La gran mayoría, 4.1 millones son jóvenes mayores de 20 años (84%).

Esta situación de desigualdad pone en riesgo la ventaja de contar todavía con una buena condición demográfica, pues la proporción entre las personas en edad de trabajar y quienes no están en edad de trabajar es 2 a 1. 

Figura 4. Razón de dependencia, años 2000, 2010 y 2020
Figura 4. Razón de dependencia, años 2000, 2010 y 2020
Fuente: INEGI. Censo de Población y Vivienda 2020. Presentación de Resultados. Estados Unidos Mexicanos. Pág. 21. Disponible en https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/ccpv/2020/doc/Censo2020_Principales_resultados_EUM.pdf

Trabajo infantil y adultos mayores sin pensión

El Censo 2020 también muestra una cruda realidad que viola las disposiciones del derecho al trabajo y los derechos de niñas y niños: el trabajo infantil.

Hay 801 mil adolescentes entre 12 y 14 años de edad trabajando. Lamentablemente no se cuenta con datos para menores de 12 años.

El otro hallazgo relevante es dimensionar que únicamente el 22% de las personas adultas mayores están jubiladas o pensionadas, mientras que 32.5% siguen trabajando y 46% se definen sin trabajo (y no refieren estar jubiladas o pensionadas).

2. Derecho a la Salud

Todas las personas tienen derecho al “nivel más alto nivel posible de disfrute de salud física y mental” y los Estados están obligados a prevenir y tratar todas las enfermedades, así como a crear condiciones para el acceso a servicios médicos de calidad.

El derecho a la salud se viola por discriminación (trato diferenciado) para más de la mitad de la población que no está afiliada la seguridad social y no recibe el paquete de atención de los subsistemas de la seguridad social (IMSS, ISSSTE, ISSSTE estatales y servicios de salud especiales como Pemex, CFE, Marina, Ejército y otros). Y está totalmente conculcado para más de una cuarta parte de la población (26.4%) y.

La vinculación del acceso a servicios de salud con el régimen laboral constituye una de las principales fuentes de exclusión y violación del derecho a la salud. Es indispensable romper el “cordón umbilical” entre salud y trabajo a fin de garantizar el derecho a la salud. Y también para erradicar y superar la dicotomía entre “formalidad e informalidad” y los costos de creación de empleos. La salud no es una prestación laboral es un derecho humano.

El Censo 2020 muestra que sólo el 44.6% de la población, menos de la mitad, cuenta con afiliación a servicios de salud de la seguridad social, son 56 millones de personas sobre una población de 126 millones en todo el país.  El 2.5% de la población cuenta con seguro privado o afiliación a otra institución. Una cuarta parte de la población (26.6%) está afiliada a sistemas públicos diferentes a la seguridad social, son 33.4 millones de personas (“Seguro Popular” hoy INSABI, IMSS Bienestar) y la otra cuarta parte (26.3%) carece totalmente de afiliación a servicios de salud (ver figura 5)

Figura 5. Afiliación a servicios de salud

Figura 5. Afiliación a servicios de salud
Fuente: Elaboración propia con datos INEGI. Censo de Población y Vivienda 2020. Tabulados interactivos. Disponible en https://www.inegi.org.mx/programas/ccpv/2020/#Tabulados.

Los estados con menor afiliación a servicios de salud de la seguridad social son Chiapas (17.5%), Oaxaca (22.1%), Guerrero (23.9%), Puebla (27.1%), Tlaxcala (31.2%), Michoacán (31.6%) y Tabasco (31.7%). Lo que confirma la alta correlación entre condiciones de pobreza y falta de acceso a la seguridad social (ver figura 6).

En el otro extremo, los estados con mayor afiliación a servicios de salud de la seguridad social son Coahuila (72.1%), Nuevo León (66.4%), Baja California Sur (64.5%), Sonora (62.8%), Aguascalientes (61%) y Chihuahua (59.9%) (ver figura 6).

Los estados con mayor porcentaje de personas sin afiliación a servicios de salud son Michoacán (37.7%), Estado de México (33.5%), Chiapas (32.9%), Tabasco (31.5%), Hidalgo (30.2%), Jalisco (29.6%) y Oaxaca (29.5%) (ver figura 6)

Figura 6. Afiliación a servicios de salud por entidad federativa
Figura 6. Afiliación a servicios de salud por entidad federativa
Fuente: Elaboración propia con datos INEGI. Censo de Población y Vivienda 2020. Tabulados interactivos. Disponible en https://www.inegi.org.mx/programas/ccpv/2020/#Tabulados.

En las localidades más aisladas del país la cobertura de la seguridad social es aún más baja, creando desigualdad de acceso por el lugar de residencia. Solo el 18.6% de la población de quienes viven en localidades rurales cuenta con afiliación a servicios de salud de la seguridad social. Esto confirma la correlación muy directa entre desigualdad, las condiciones de marginación y aislamiento y el acceso a trabajos precarios sin seguridad social, denominados “informales” (ver figura 7).

Figura 7. Afiliación a servicios de salud por tamaño de localidad.
Figura 7. Afiliación a servicios de salud por tamaño de localidad.
Fuente: Elaboración propia con datos INEGI. Censo de Población y Vivienda 2020. Tabulados interactivos. Disponible en https://www.inegi.org.mx/programas/ccpv/2020/#Tabulados. Nota: Localidades rurales = Menos de 2,500 habitantes. Semi rurales = De 2,500 a 15,000 habitantes. Urbanas = Más de 15,000 habitantes.

3. Derecho a la educación

La educación es un derecho -como la salud- que se encuentra a la base del ejercicio de muchos otros derechos económicos, sociales, civiles, políticos, culturales y de todo tipo. La educación además es un factor clave para la movilidad social y sigue siendo una de las determinantes del ingreso y la inclusión económica de las personas en su edad adulta.

El ciclo educativo obligatorio en México llega hasta el nivel medio superior.  Contar con al menos el nivel medio superior concluido es determinante para el ingreso laboral futuro de las personas y en particular para las y los jóvenes.

La calidad para el desarrollo de aprendizajes y competencias para la vida y el trabajo son inherentes al derecho a la educación. El Censo únicamente ofrece información sobre asistencia escolar y escolaridad (años cursados), las cuales muestran violaciones evidentes al derecho cuando no asisten a la escuela en la edad normativa (hasta los 18 años) o no cuentan con el nivel de escolaridad obligatorio en la edad adulta.

Niñas y niños en primera infancia y jóvenes llegando a la edad adulta fuera de la escuela

El Censo 2020 muestra que hay 5 millones 317 mil niñas, niños y adolescentes entre 3 y 17 años de edad fuera de la escuela.  Dos etapas cruciales en la formación presentan la mayor violación del derecho a la educación: el nivel preescolar y el nivel medio superior.

El grupo más cuantioso fuera de la escuela son los 2.4 millones de niñas y niños de 3 a 5 años, edad que corresponde a la educación preescolar; el 36% en esa edad (ver figura 8).

Las niñas y niños de 6 a 11 años y adolescentes de 12 a 14 años presentan un avance muy importante, cercano a la cobertura universal. Son los grupos de edad correspondientes a la primaria y la secundaria (ver figura 8). 

Sin embargo, a partir de los 15 años, que es la edad de inicio de la educación media superior (EMS), empieza una “sangría silenciosa” de exclusión de jóvenes y a mayor edad se incrementa el número de jóvenes que ya no siguen en la escuela. 

Hay 11.6 millones de jóvenes, entre 15 y 24 años de edad que ya no asisten a la escuela. Son 1.7 millones de jóvenes entre 15 y 17 años de edad, 2.2 millones entre 18 y 19 años y 7.5 millones entre los 20 y 24 años de edad. (Ver figura 8).

 Figura 8. Niñas, niños, adolescentes y jóvenes fuera de la escuela (3 a 24 años de edad)
 Figura 8. Niñas, niños, adolescentes y jóvenes fuera de la escuela (3 a 24 años de edad)
Fuente: Elaboración propia con datos INEGI. Censo de Población y Vivienda 2020. Tabulados interactivos. Disponible en https://www.inegi.org.mx/programas/ccpv/2020/#Tabulados

En un acercamiento a las dos etapas cruciales con mayor cantidad de niñas, niños y jóvenes fuera de la escuela por entidad federativa, es decir el grupo de edad 3-5 en la etapa preescolar y el grupo de edad 15-19 en la etapa de media superior, el Censo 2020 muestra que los estados con mayor proporción de niñas y niños de 3 a 5 años fuera de la escuela, son Baja California (49.3%), Chihuahua (47.9%), Sonora (45.9%), Tamaulipas (44.4%) y Quintana Roo (44.1%) (ver figura 9).

Figura 9. Niñas y niños 3-5 años fuera de la escuela, por entidad federativa
Figura 9. Niñas y niños 3-5 años fuera de la escuela, por entidad federativa
Fuente: Elaboración propia con datos INEGI. Censo de Población y Vivienda 2020. Tabulados interactivos. Disponible en https://www.inegi.org.mx/programas/ccpv/2020/#Tabulados

En el otro extremo, el grupo de edad, jóvenes entre 15 y 19 años de edad, la etapa de la educación media superior y la transición a un siguiente nivel educativo, los estados con más proporción de jóvenes fuera de la escuela son: Chiapas (49.3%), Michoacán (45.5%), Guanajuato (45%), Oaxaca (43.1%) y Zacatecas (41.4%) (ver figura 10).

Figura 10. Jóvenes 15-19 años de edad fuera de la escuela, por entidad federativa
Figura 10. Jóvenes 15-19 años de edad fuera de la escuela, por entidad federativa
Fuente: Elaboración propia con datos INEGI. Censo de Población y Vivienda 2020. Tabulados interactivos. Disponible en https://www.inegi.org.mx/programas/ccpv/2020/#Tabulados

Desigualdad en la escolaridad

El promedio de escolaridad de la población es de 9.7 años. Un año más que en 2010 (8.6) y dos años más que el año 2000 (7.5). 

Sin embargo, la distancia entre los estados es mayor al avance nacional de estos 10 años. En Chiapas, el promedio de escolaridad es 7.8, en Oaxaca 8.1 y en Guerrero 8.4 mientras que en la CDMX la población tiene 11.5 años en promedio, en Nuevo León 10.7 y en Querétaro 10.4 (ver figura 11).

Figura 11. Escolaridad promedio por entidad federativa
Figura 11. Escolaridad promedio por entidad federativa
Fuente: INEGI. Censo de Población y Vivienda 2020. Presentación de Resultados. Estados Unidos Mexicanos. Pag 67. Disponible en https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/ccpv/2020/doc/Censo2020_Principales_resultados_EUM.pdf

Sin embargo, el 59% de la población de 15 años de edad carece de la educación media superior completa, son 55.5 millones de personas. 

Al menos, la mitad de jóvenes, de 15 a 29 años de edad, 15.9 millones de personas (51%) carecen de educación media superior completa.

Sin acceso a internet y equipo de cómputo en plena pandemia

El Censo 2020 se levantó justo antes y en los primeros días de la pandemia del Covid19 en México y la jornada sanitaria de “sana distancia”, con la cancelación de clases y cierre de actividades económicas no esenciales.

Durante la pandemia, la única vía de acceso a la educación es la TV y para muchas clases en todos los niveles educativos se requiere conectividad de Internet y computadora o tableta.

El Censo 2020 muestra que el 91% de los hogares cuenta con TV, pero solo el 37.6% cuenta con computadora o tableta y sólo el 52% tiene conectividad a Internet en su vivienda.  Únicamente el 33% de las viviendas cuentan con Internet y equipo de cómputo o tableta.

La diferencia entre estados es muy grande, lo que refleja una mayor diferencia por condición socioeconómica de los hogares. Los estados con menor proporción de viviendas con conectividad a Internet y equipo de cómputo (incluye tableta), son Chiapas (12%), Oaxaca y Guerrero (16%), Tabasco (20%), Veracruz y Tlaxcala (22%). Y en el otro extremo, están la CDMX (56%), Baja California (46%), Nuevo León y Querétaro (44%), Aguascalientes (41%), Baja California Sur y Jalisco (40%) (ver figura 12)

Es importante resaltar que aún las entidades con mayor cobertura, cerca de la mitad o más de los hogares se encuentran excluidos de condiciones de conectividad y equipo para la educación durante esta pandemia (y también posteriormente, dada la relevancia de las tecnologías de información y comunicación en el mundo actual).

Figura 12. Viviendas con Internet y equipo de cómputo, por entidad federativa
Figura 12. Viviendas con Internet y equipo de cómputo, por entidad federativa
Fuente: Elaboración propia con datos INEGI. Censo de Población y Vivienda 2020. Tabulados interactivos. Disponible en https://www.inegi.org.mx/programas/ccpv/2020/#Tabulados

4. Derecho a vivir dignamente 

El derecho al sustento para vivir dignamente, con las necesidades básicas satisfechas, está directamente vinculado al derecho a una vivienda digna, con servicios básicos. 

Ha habido una mejora en la reducción de viviendas con pisos de tierra. Sin embargo, todavía hay millones de personas que carecen de servicios y condiciones básicas, según datos muy generales, pero también muy elocuentes del Censo 2020:

1.2 millones de personas viviendo en viviendas precarias (1% de la población). 

4.7 millones de personas que viven aún en viviendas con piso de tierra (4% de la población).

14.9 millones de personas que no disponen de refrigerador en su vivienda.  Lo cual genera serias limitaciones para una alimentación variada, suficiente y nutritiva, por la dificultad para conservar los alimentos (12%).

30.1 millones de personas que carecen de agua entubada dentro de su vivienda (24%).

46.1 millones de personas que viven en viviendas sin sanitario con agua corriente y conectado a la red pública de drenaje (37%).

5. La alternativa: México con derechos, México sin pobreza

Adoptar el enfoque de derechos en instituciones, políticas y acciones de gobierno

El horizonte para nuestro país es adoptar en la práctica el enfoque de derechos, tal y como lo establece el art. 1º de la Constitución.  Hacer el cambio de paradigma en la práctica, desde el diseño, el funcionamiento y la evaluación de las instituciones, los servicios públicos y los programas y acciones de gobierno.

El enfoque de derechos en el caso de las instituciones, servicios, programas y acciones económicas y sociales frente a la pobreza y la desigualdad requiere asumir los principios de universalidad (para todas las personas, sin distinción, ni condiciones) y de progresividad (avance gradual, sin retrocesos).

Hay 5 pilares para un nuevo modelo de desarrollo frente a la pobreza y con enfoque de derechos:

  1. Derecho al trabajo digno con remuneración suficiente
  2. Educación de calidad e incluyente para todas las personas, con especial atención a las regiones y zonas con mayor necesidad
  3. Cobertura universal a servicios de salud de calidad, desvinculada del régimen laboral
  4. Sistema de cuidados, que incluye servicios para niñas (os), adultos mayores y personas enfermas o con discapacidad y las condiciones para valorar el cuidado y “cuidar a quienes cuidan”.
  5. Ingreso básico garantizado para personas adultas mayores, personas con discapacidad y personas sin trabajo o con ingreso por debajo de la línea de bienestar. Y en este momento para quienes perdieron su ingreso por la pandemia.

Una reforma urgente: desvincular la salud del trabajo

Una reforma de gran aliento que puede mejorar el ejercicio de los derechos a la salud y al trabajo, de manera simultánea consiste en separar el acceso, atención y financiamiento de la salud del contrato laboral.

La reforma consiste en “romper el cordón umbilical” entre trabajo y salud. Ese “cordón” está “amarrado” por la ley del IMSS y la Ley Federal del Trabajo. Estas leyes condicionan la afiliación y el acceso a servicios médicos al trabajo, como si fuera una prestación laboral. No lo es, la salud es un derecho de todas las personas, no una prestación de quienes trabajan.

Este vínculo, que encadena la salud al trabajo se deriva de la necesidad de financiar los servicios de salud mediante “cuotas obrero patronales”, siguiendo el modelo creado por Bismark en la Alemania del siglo XIX. En la práctica, las cuotas funcionan como un “impuesto” al empleo “formal” para quienes emplean y funciona como una remuneración indirecta para quienes trabajan. En ambos casos, este modelo crea los incentivos y condiciones para la “informalidad”, que no es otra cosa, que la evasión parcial o legal de la seguridad social.

Los datos muestran que desde su creación la seguridad social ha excluido a la mitad de la población, hasta la fecha a casi 80 años de la creación del IMSS. La ilusión del “pleno empleo” ha mostrado ser una quimera.

Además, las tendencias nacionales y globales del futuro del trabajo dejan claro que la modalidad “obrero-patronal” del empleo no se incrementará sustancialmente y, por el contrario, será sustituida por modelos más flexibles. 

En las categorías normativas actuales, muchas modalidades de trabajo se ubican como “trabajo por cuenta propia”. Por ejemplo, recientemente a través de plataformas tecnológicas (tipo Uber). Pero estas modalidades han existido desde hace décadas, especialmente en las ventas y otras formas de trabajo “por comisión” (desde la lotería y los “voceadores” de periódicos, las ventas casa por casa de las “amas de casa” y miles de trabajos similares), todas ellas sin afiliación a la seguridad social.

El debate indispensable es la ruta para construir un sistema de protección social para todas las personas, es decir, universal, que sustituya a la seguridad social vinculada al régimen laboral, sin detrimento de derechos y conquistas legítimas.

Un nuevo modelo de protección social universal con enfoque de derechos tiene su primera fase en la transición indispensable para lograr cobertura universal de salud, sin distinción y sin condiciones. Muy en especial, acceso a servicios de salud, con calidad sin que dependa de la capacidad de pago de las personas o de su situación laboral.

La vacunación infantil es un buen ejemplo de cobertura universal, sin distinción. La vacunación contra el virus del Covid19 también. Como está diseñada, no establece distinción entre personas con y sin seguridad social, y no depende de la capacidad de pago de cada persona, sino sólo por edad, para establecer el orden de prioridad. 

La integración funcional de un solo modelo de atención en salud, con igualdad y sin distinción podría darse en las acciones preventivas y los tratamientos de la atención primaria en salud, o “primer nivel” como se decía antes. 

La cobertura universal se puede iniciar por las acciones preventivas, la atención a riesgos específicos, la detección oportuna y el tratamiento temprano, a cargo de la atención primaria en salud, son la vía más efectiva de cumplimiento del derecho a la salud.

Esta prioridad e integración funcional también es la estrategia más eficiente, pues los costos se incrementan hasta volverse inalcanzables y millonarios cuando las enfermedades se complican. 

Por razones de salud, de dolor y de vida o muerte literalmente, la integración funcional de la atención primaria en salud para lograr cobertura de toda la población, es una ruta con múltiples beneficios para contar con un sistema público de salud con calidad y centrado en las personas. Además, hay razones económicas: No hay sistema de salud costeable sin invertir en prevención y atención oportuna de calidad en el “primer nivel”, es decir, en la atención primaria en salud. 

Propuestas de acciones inmediatas frente a la pobreza y la desigualdad 

A corto plazo, las acciones más urgentes son:

  1. Programa de Desarrollo Infantil Temprano, que prevenga la desnutrición y permita el desarrollo cerebral en los primeros 1000 días de vida
  2. Mejora de la calidad educativa de las escuelas de educación inicial, básica y media superior en zonas indígenas, rurales y urbanas marginadas  y ampliación de la oferta educativa para jóvenes, con opciones técnicas y  tecnológicas vinculadas a las nuevas tendencias del trabajo
  3. Beca para estudiantes por asignación universal a todos los hogares de bajos ingresos, para todos los niveles educativos, crecientes por nivel y mayor para mujeres a partir de secundaria
  4. Programa de primer empleo para jóvenes con mayores desventajas, incluyendo una alternativa de 2ª oportunidad para concluir el nivel medio superior en opciones enfocadas a la inclusión económica y el trabajo.
  5. Incremento gradual al salario mínimo, hasta que cubra al menos el costo de 2 canastas básicas y sanciones e incentivos para erradicar el outsourcing ilegal, los contratos de protección y demás violación a derechos laborales
  6. Fomento al cooperativismo y la economía social con fondos de inversión, crédito productivo y asistencia técnica / capacitación especializada y creación de modelos de asociación en macro-proyectos
  7. Promoción de proyectos de economía sustentable y energías renovables para el cuidado de la riqueza natural y la biodiversidad
  8. Ampliación de servicios de cuidado con estancias de desarrollo infantil, escuelas de tiempo completo y modelos innovadores para el cuidado de niñas (os) y personas con necesidad de cuidado
  9. Cobertura universal de salud, con igual presupuesto y calidad de servicios e integración funcional de la atención primaria en salud, que posibilite desvincular la salud del régimen laboral y convertirla en derecho de las personas
  10. Transferencia de ingreso básico de emergencia a personas que perdieron su trabajo en la pandemia y otras formas de apoyo a la creación y conservación de empleos productivos, mediante un padrón único transparente e integrado  en un registro unificado de pensiones, contribuciones e impuestos.

Contenido producido por: Dinamismo y Estudio Frente a la Pobreza A.C