Febrero 08, 2018
Sociedad Civil denuncia ante organismos internacionales violación de derechos humanos al fijar el salario mínimo debajo de la línea de pobreza
- La sociedad civil acude a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para enfrentar esta violación de derechos humanos del Estado mexicano
- También presentará Informe Alternativo al Comité Económico y Social de la ONU
- Sentencia de la SCJN y documento de la CNDH sustentan la queja
Acción Ciudadana Frente a la Pobreza con el respaldo de 69 organizaciones de la sociedad civil, presenta queja ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), con sede en Washington, D.C., para que revise el caso del salario mínimo cuya fijación anual por debajo de la línea de pobreza, viola la Constitución y constituye una violación de derechos humanos, conforme a los tratados internacionales suscritos por México. A su vez, en una acción paralela y con el mismo propósito, presentará un Informe Alternativo ante el Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales de la Organización de las Naciones Unidas.
Agotados los recursos judiciales internos, se pide a la CIDH atender el caso de Luz, una mujer valiente que decidió presentar un amparo ante el sistema judicial que llegó hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), porque el salario mínimo fijado por la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (CONASAMI) no cumple con lo previsto en la Constitución.
En la sentencia correspondiente la SCJN, reconoce que el salario mínimo es un tema de alta sensibilidad y de interés social, además de un derecho social como lo manda el artículo 123 de la Constitución que en su fracción sexta a la letra dice:
“Los salarios mínimos generales deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos. Los salarios mínimos profesionales se fijarán considerando, además, las condiciones de las distintas actividades económicas”.
En la sentencia que niega el amparo, la Corte concluye que el salario remunerador reconocido por el artículo 123 constitucional es un derecho social y recomendó que “el monto que fije la Comisión Nacional de los Salarios Mínimo efectivamente cumpla su contenido constitucional”:
“Así la citada Comisión Nacional de los Salarios Mínimos al momento de emitir una resolución que fije los salarios mínimos debe contemplar todos los informes que aseguren la obtención de un salario remunerador, así como tomar en cuenta el ingreso suficiente para adquirir la canasta alimentaria señalada por el Coneval, al margen de que también puedan ser considerados los principios y alcances establecidos por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para fijar los salarios mínimos y los resultados de la Encuesta Nacional de Ingreso Gasto de los Hogares del Instituto Nacional del INEGI”
La petición de la sociedad civil a ambos organismos internacionales tiene como objetivo enfrentar las decisiones del estado mexicano que a través de la CONASAMI viola la Constitución, tal y como lo menciona la sentencia de la Suprema Corte y el documento publicado desde 2016 por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).
Agotadas las instancias de la justicia nacionales, se reclama ante la CIDH una violación de derechos humanos que afecta a millones de personas al fijar el monto de los salarios mínimos por debajo de la línea de pobreza, por ser una cantidad evidente y notoriamente insuficiente para satisfacer las necesidades básicas de una persona trabajadora y su familia en el orden material, social y cultural.
Se exige que el salario mínimo supere el umbral del costo de la canasta básica que difunde mensualmente el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval) y se usa como línea de bienestar para medir la pobreza. Actualmente, con todo y el reciente aumento de diciembre del año pasado, al salario mínimo le faltan 11 pesos al día para adquirir los bienes y servicios contenidos en la canasta básica.
La sociedad civil plantea que, una vez que el salario mínimo cubra el costo de la canasta básica, se inicie un proceso de recuperación gradual que permita a los hogares mexicanos resarcir el poder adquisitivo de su ingreso laboral sin afectar la productividad de las empresas, la generación de empleo o el crecimiento económico.
También la Acción Ciudadana Frente a la Pobreza entregará un Informe Alternativo ante el Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales de la Organización de las Naciones Unidas, en relación con la revisión que realiza anualmente y que incluye entre uno de sus puntos (el 11) la “garantía de que el salario mínimo sea suficiente para la vida digna de las personas que trabajan y sus familias”. Este Comité especializado, con sede en Ginebra, Suiza vigila el cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales (PIDESC), por parte de los estados –que como México- lo han suscrito.
A partir de una petición de quienes han sufrido violaciones a sus derechos humanos, las instancias internacionales investigan la situación y pueden formular recomendaciones al Estado responsable para que se atienda y cumpla lo previsto en los tratados y leyes, en lo referente al salario mínimo.
Entre las organizaciones de la sociedad civil que respaldan la petición hecha a la CIDH, están: el Centro Mexicano para la Filantropía (Cemefi), Unión Social de Empresarios de México, A.C. (USEM), Centro de Análisis e Investigación Fundar, Patronato Pro Mazahua, Oxfam, Centro de Estudios Espinosa Yglesias (CEEY), Alianza Fundaciones Comunitarias México, A.C., Youthbuild Internacional México, A. C, el Centro Latinoamericano para el Desarrollo Rural (Rimisp) y Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos (Cadac), entre otros.